La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) informó que durante el mes de mayo las personas trabajadoras deben recibir el pago correspondiente a las utilidades, según lo establece la Ley Federal del Trabajo.
Este derecho deberá percibirse a más tardar el 30 de mayo para las personas trabajadoras cuyo empleador sea persona moral, y hasta el 29 de junio para quienes trabajen con personas físicas.
Las personas empleadoras deberán pagar el 10 por ciento de sus utilidades netas, con base en el número de días que se trabajó en el año y salario percibido de la persona trabajadora, además deberán realizarlo por medio de transferencia o pago en efectivo.
Cabe destacar que este esquema no aplica en los casos de quienes laboraron menos de 60 días durante el año o ejercicio fiscal, personas trabajadoras del hogar, directores, administradores y gerentes generales de las empresas, socios, accionistas de las empresas y/o quienes presten sus servicios mediante el pago de honorarios sin que exista una relación de trabajo subordinada con un patrón.
En el caso de las empresas que hayan declarado menos de 300 mil pesos en ingresos anuales o se encuentren en su primer año de funcionamiento, están exentas de realizar dicho pago.
La STPS invita a las personas trabajadoras a acercarse a sus instalaciones o a las del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Chihuahua, o consultar la página www.ccl.chihuahua.gob.mx, en donde se encuentran los teléfonos y las distintas sedes presenciales o de atención virtual.